JNE convoca a revocatoria
en 266 distritos del país
4/6/2012. El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) convocó a consulta popular de revocatoria de autoridades municipales para el 30 de setiembre del presente año, en 266 distritos y cuatro provincias del país, siendo en total 1310 autoridades.
Mediante la Resolución N° 0561-2012-JNE, el órgano
electoral aprobó 270 solicitudes de revocatoria, de las cuales 265
comprenden a alcaldes (cuatro provinciales y 261 distritales) y 1043 a
regidores.
Virgilio Hurtado Cruz, director de la Escuela
Electoral del JNE, señaló que en comparación de la primera revocatoria de
alcaldes del periodo pasado en el año 2008, se sometieron a consulta 1247,
cifra menor a este año.
En declaraciones para Radio Nacional del Perú reveló
que quienes lideran este derecho de la “revocatoria de mandato” son: Ancash con 39
distritos y una provincia, le sigue Lima provincia con (32), Cajamarca con
(27), Apurímac y Ayacucho con (20).
Asimismo, señaló que la revocatoria es una consulta donde se somete a consideración de los
vecinos, si ratifican la confianza que el dieron a la autoridad en una elección
municipal o si “es que se la retiran”.
En ese caso, explicó que
se procede al reemplazo correspondiente conforme al Artículo Nº 25 de la Ley
26300, “en caso de que se revoque al alcalde es reemplazado
por el teniente alcalde”.
Sin embargo, reveló que existen casos donde se revoca el tercio del total de autoridades del
un consejo, en esa situación la Ley señala
que se procede a una nueva elección para que puedan reemplazar
a quienes han sido revocados por los ciudadanos.
“La autoridad revocada no puede apelar, porque el
mandato popular es inapelable, salvo que se suscite alguna causal de
nulidad en la mesa de votación o que se incurra en alguna causal numérica de la
improcedencia de la consulta - ello porque la ley para ese efecto exige que
para que la consulta sea validad vallan a votar el 50 por ciento de los
electores” manifestó.
Hurtado Cruz, recordó a la población donde se
llevará acabo los procesos de revocatoria, deben cumplir con la asistencia en
las mesas de sufragio para decidir si revocan o no a su autoridad, de lo
contrario serán acreedores de una multa.
Cabe mencionar, que de
acuerdo a ley el “proceso de revocatoria” solo procede una sola vez por mandato.
Fuente: www.radionacional.com.pe
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