sábado, 5 de enero de 2008

Reglamentos de participación

España: Avanzan los Reglamentos locales de Participación.

Para explicitar los canales de participación en distintos gobiernos locales de España se vienen sancionado los llamados “Reglamentos de Participación Ciudadana”, que pretenden ser un marco operativo para la puesta en marcha del conjunto de derechos participativos.

El objeto de estos reglamentos es la regulación de las normas referentes a las formas, medios y procedimientos de información y participación de las entidades de participación ciudadana y vecinos en la gestión municipal, de conformidad con las normativas constitucionales y legales vigentes.

Procuran el impulso de mecanismos para la promoción y el desarrollo de la participación ciudadana e incluyen básicamente derechos de la ciudadanía, acceso a la información pública, la regulación de las entidades ciudadanas de las ciudades, medidas de fomento del asociacionismo, y establecen órganos procedimientos y estrategias de participación.

Respecto a los ciudadanos se reglamenta el derecho de petición, acceso a la información, propuesta ciudadana, iniciativa popular, entre otros. También suelen establecer oficinas de información y atención al ciudadano.

En relación con las asociaciones disponen el registro de entidades, la declaración de utilidad pública municipal, la regulación de las ayudas y subvenciones, que se otorgan con arreglo a los principios de objetividad, concurrencia y publicidad; y las vías para las acciones de colaboración entre las entidades ciudadanas y los municipios. Entre otras formas, se establecen órganos territoriales y sectoriales de participación.

En los últimos años vienen apareciendo en ellos nuevas modalidades para el involucramiento en el diagnóstico de situaciones y en la formulación de políticas públicas. A esta idea responden los sondeos de opinión, las encuestas de satisfacción de los usuarios de servicios, los consejos y foros temáticos, los paneles ciudadanos. Asimismo incorporan las nuevas tecnologías de la comunicación y la información al servicio de la participación ciudadana.

En consecuencia, estos reglamentos, una suerte de códigos de participación, contribuyen a sistematizar y hacer visible para ciudadanos y organizaciones los principales canales participativos que tienen a su disposición en una ciudad.


Leopoldo J. Fidyka



Algunas noticias sobre reglamentos
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El Concello de Ourense asigna a los vecinos un escaño en los plenos desde septiembre

El nuevo reglamento de participación ciudadana del Concello de Ourense permitirá la participación de un representante vecinal en los plenos para defender propuestas que haya formulado previamente en tiempo y forma. Asimismo, esta nueva norma exige la publicación de los resúmenes de los acuerdos plenarios en la página web.

A partir del próximo pleno municipal de septiembre, uno de los escaños del Consistorio estará reservado para un portavoz vecinal, que tendrá voz pero no voto, para defender las propuestas que haya tramitado en tiempo y forma para ser incluidas en el orden del día de la sesión plenaria. Este representante tendrá que ser designado previamente por ‘as federacións, confederacións e unións de asociacións inscritas no rexistro de entidades cidadáns’ (artículo 10 del reglamento). De hecho, fuentes municipales traducen este apartado señalando que será la Federación de Asociaciones de Vecinos ‘Limiar’ la encargada de esta designación, en caso de que quieran llevarla a cabo, dado que es totalmente optativa.

En vigor
Este supuesto legal, regulado en el artículo 15 del nuevo reglamento de participación ciudadana del Concello (que entró en vigor el pasado 21 de julio y se acoge a lo dictado por la Ley de Grandes Ciudades), podrá ser ejecutado en el próximo pleno, previsto para principios de septiembre. De hecho, fuentes del Concello sostienen que en la última sesión del 27 de julio ya se notificó, pero no fue estimada.
Y aunque con el anterior reglamento la participación ciudadana estaba contemplada, fuentes municipales advierten que, con esta nueva normativa, dichas intervenciones constarán en acta, algo que no sucedía antes, ya que las aportaciones vecinales podían realizarse una vez levantada la sesión.

De hecho, la participación del portavoz vecinal estará autorizada por el regidor, ya que, como señala el texto legal, ‘poderá expoñer o seu parecer durante o tempo que sinale o alcalde’. Esta intervención no podrá dar lugar a debate con ningún grupo político, sino que será completamente individual.

Asimismo, el nuevo reglamento aporta otras novedades: además de la obligatoriedad de notificar a las federaciones o confederaciones vecinales inscritas las convocatorias de pleno, también deben ser publicadas en la página web municipal. Del mismo modo, han de ser publicitados del mismo modo los acuerdos y resoluciones que se adopten en la sesión (no se incluirán, pues, los ruegos y preguntas ni las mociones desestimadas).

La última novedad de la normativa reguladora da un paso más hacia la participación activa de la ciudadanía en la gestión municipal. Así, el artículo 16 regula la presentación de iniciativas que puedan llevar a cabo las asociaciones (en este punto pueden participar los colectivos no federados en ‘Limiar’). Estas propuestas deberán contar con interés general para la ciudadanía, algo que valorará el propio Concello, y tendrán que ser incluidas con 15 días de antelación al desarrollo del pleno, certificadas por la Xunta y remitidas por Registro.

03 de agosto de 2007
Fuente: La Región de Orense
http://www.laregion.net/


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Algeciras: Mayordomo instaurará una ordenanza de participación ciudadana

27/07/2007 .
ALGECIRAS. La concejal de Participación Ciudadana, Mari Carmen Mayordomo, afirmó que tiene la intención de poner en marcha un reglamento de participación ciudadana.

Mayordomo explicó que el Ayuntamiento ya cuenta con uno que fue elaborado en el año 2000 pero que nunca fue puesto en marcha. La concejal explicó que su idea es que comience a funcionar lo antes posible pero antes tendrá que ser revisado para adaptarlo a la nueva legislación vigente.
Además, la responsable de Participación Ciudadana señaló que la realidad de Algeciras en el año 2000 no es la misma que en 2007, ya que la ciudad tiene ahora nuevos problemas y otras necesidades.

Mayordomo advirtió que es una labor que requiere tiempo, ya que la ciudad tendrá que ser dividida en distritos será imprescindible crear los consejos sectoriales.
La edil recordó que la ejecución de un reglamento de participación ciudadana es una de las promesas del programa electoral de Izquierda Unida. La puesta en marcha de esta ordenanza facilitará la elaboración de unos presupuestos participativos, uno de los puntos del acuerdo de gobierno firmado entre el PSOE e Izquierda Unida.

Fuente: http://www.europasur.com/


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SAN SEBASTIAN
El nuevo Reglamento de Participación otorga a los vecinos más poder de intervenir en la vida municipal
La norma, que será aprobada hoy en el Pleno con amplio consenso, garantiza un catálogo de derechos a asociaciones y ciudadanos individuales

Por AINGERU MUNGUÍA

SAN SEBASTIÁN. DV. El Pleno del Ayuntamiento aprobará hoy el nuevo Reglamento de Participación Ciudadana, una norma que sustituye a la de hace una década y que sistematiza la incorporación de la opinión vecinal en la toma de decisiones municipales. El texto detalla un catálogo de derechos del ciudadano, regula cómo se deben atender sus reclamaciones o su participación en los consejos, comisiones y Pleno, y crea nuevas figuras como la Defensoría Vecinal, los talleres de debate y las listas de personas interesadas en áreas concretas.

El anterior reglamento (1997) tenía un desarrollo de 27 artículos que pasaban por muy encima de asuntos hoy regulados al detalle como el derecho de información. El documento que hoy aprobará el Pleno es fruto de una larga tramitación que se vio retrasada en la parte final de la pasada legislatura con dos textos, uno avalado por el gobierno municipal y otro apoyado por la oposición. Las concejalas de Presidencia, Marisol Garmendía, y Participación Ciudadana, Duñike Agirrezabalaga, explicaron ayer que en los últimos meses se ha reconducido la disputa política sobre este asunto en la Comisión de Servicios Generales dando lugar a un reglamento «de consenso» -sólo EA se abstuvo en comisión-, con la inclusión de «aportaciones de todos los grupos».

El nuevo Reglamento cuenta con 58 artículos, tiene su base en el Plan Director de Participación aprobado el pasado mes de diciembre, y trata de «promover la intervención real de la ciudadanía en cualquiera de las esferas de la gestión municipal». El texto aboga por «superar inercias históricas que planteaban exclusivamente modelos de reivindicación para pasar a una cultura de implicación y de colaboración entre la institución local y la ciudadanía».

La norma dedica todo un capítulo al derecho de la ciudadanía a una información «transparente, objetiva y de calidad» de los asuntos municipales, regula cómo se accede a archivos o registros y cómo debe responder el Servicio de Atención Ciudadana a esta demanda. Para garantizar la participación se especifican los derechos de petición, iniciativa, queja, reclamación o sugerencia, el derecho a audiencia pública, a consulta popular y a intervenir en comisiones, Plenos y Consejos.

El Reglamento regula el derecho que tienen los vecinos a que el Ayuntamiento considere un determinado acuerdo o una norma, si esta es avalada por las firmas del 10% de los vecinos. Amplia a todos los empadronados -también a los ciudadanos extracomunitarios- el derecho a participar en consultas populares, y pormenoriza la capacidad de los ciudadanos de elevar y defender personalmente en las comisiones y en los Plenos sus peticiones o sugerencias. La nueva norma crea la figura de la audiencia pública con la que el 5% de los vecinos de un área territorial pueden exigir un encuentro público con el concejal responsable de una materia en cuestión para recibir información.

Listas de interesados
Y si hasta ahora la participación ciudadana se volcaba sobre todo en representantes de asociaciones, el nuevo reglamento refuerza el derecho del ciudadano individual gracias a las posibilidades que ofrecen las nuevas tecnologías y otros instrumentos como las «listas de personas interesadas». La creación de estos censos por áreas temáticas ofrecerá información periódica a las personas inscritas y «propiciará su implicación en procesos participativos específicos».

El Reglamento recoge instrumentos como los presupuestos participativos y la Agenda Municipal de Participación, que se antojan claves para plasmar las demandas ciudadanas en el día a día del Ayuntamiento.

Se prevé la creación de «talleres específicos de reflexión» sobre determinados temas, aparece la figura del «Defensor vecinal» -requerirá de una norma orgánica propia-, y se regula el funcionamiento de los consejos sectoriales. Además, el Reglamento adelanta una descentralización territorial de la participación ciudadana gracias al surgimiento de los consejos de barrio o de distrito, que hasta su constitución podrían ser sustituidos por casas de cultura, gaztelekus o instalaciones deportivas, sedes que se utilizarán para canalizar las opiniones y demandas de los barrios.

Derecho a la información:
«Todas las personas tienen derecho a recibir información a fin de que puedan tener un conocimiento claro y veraz sobre las actividades municipales». (art. 3)
«Las personas tienen derecho a conocer el estado de tramitación de los procedimientos en los que tengan la condición de interesadas y a obtener copias de los documentos». (art. 5)

Derecho de petición:
Todas las personas podrán hacer peticiones o solicitudes al gobierno municipal. El Ayuntamiento las comunicará a la persona interesada en el plazo de 10 días. La inadmisión será objeto de resolución motivada en el plazo de 45 días. Si la petición se admite a trámite, «el Ayuntamiento deberá dar respuesta a la misma en un plazo máximo de 3 meses». (art. 13)

Derecho a presentar quejas:
Todo ciudadano tiene derecho a presentar quejas, reclamaciones o sugerencias respecto al funcionamiento de los servicios públicos municipales. El Servicio de Atención Ciudadana las canalizará y deberán ser respondidas en el plazo máximo de dos meses. (art. 14)

Derecho a la iniciativa:
Los vecinos pueden ejercer la iniciativa popular de propuesta de acuerdo o actuación en cualquier materia de competencia municipal. La misma requiere de la firma del 10% de los vecinos del municipio y debe ser sometida a debate y votación del Pleno. (art. 15)

Derecho a la audiencia pública:
El 5% de los vecinos de un barrio o zona determinada puede exigir una audiencia pública o encuentro con los responsables municipales para recibir información. (art. 17)

Ruegos y preguntas:
Quienes hayan planteado por escrito quejas, sugerencias o reclamaciones podrán elevar sus planteamientos a las comisiones del Ayuntamiento, donde podrán ser invitados a exponer sus peticiones. También podrán solicitar al presidente del Pleno la inclusión de su asunto en el orden del día de este órgano. (art. 18)

Talleres de debate:
El gobierno municipal «promoverá la realización de talleres específicos de reflexión» (art. 26)

Lista de interesados:
Para promover la participación individual de los ciudadanos, se crearán censos por áreas temáticas -de inscripción voluntaria- para recibir información periódica y participar en los procesos participativos específicos. (art. 27)

Defensor vecinal:
Se regulará mediante norma orgánica y se aprobará su creación por el Pleno. (art. 29)

Consejos sectoriales:
Son órganos de participación que canalizan las iniciativas e inquietudes ciudadanas en temas concretos. (art. 32)

Espacios de participación:
La participación territorial se desarrollará a través de equipamientos de proximidad, como casas de cultural, gaztelekus o instalaciones deportivas. Se podrán constituir consejos de barrio o de distrito. (art. 34)


24 de julio de 2007
Fuente: www.diariovasco.com

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Almería: El Ayuntamiento prepara el reglamento de participación

El Área de Participación Ciudadana de Almería tiene previsto reunirse con distintos colectivos vecinales y sociales con la finalidad de comenzar a consensuar el que será el reglamento de participación ciudadana de la ciudad.

Con ello, se pretende actualizar el redactado en 1996 en el Ayuntamiento, con la finalidad de incorporar las novedades legislativas incluidas dentro del reglamento orgánico de gestión de las grandes ciudades.
A la reunión están invitadas las asociaciones vecinales, así como las federaciones de asociaciones, y también contará con la presencia con el portavoz y miembros del Foro Ciudad, con el objetivo, según destaca la concejal responsable del Área, Pilar Ortega, de que se encuentren representados todos los sectores sociales y económicos que también participan dentro del Foro.

Ortega mantiene la participación ciudadana como uno de los objetivos de esta Corporación, lo que llevará a que a lo largo de estos años de gestión municipal se ponga en marcha una serie de reuniones que ponga las bases para el futuro reglamento que regule la inclusión de los distintos sectores sociales y vecinales, no sólo políticos, de cara a las decisiones que afectan al municipio. Desde el Ayuntamiento también se han puesto en marcha las reuniones que permitirán el reparto de un millón de euros entre los barrios.

Terra Actualidad - VMT

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