
Impulso a la participación local.
La provincia del Neuquén establece nuevas reglas a municipios
Bertoya dijo que la intención del gobernador Sapag es pasar de una "democracia representativa a una participativa".
31/1/08. El gobierno enviará en marzo a la Legislatura un proyecto para sancionar una nueva ley de Municipalidades.
Entre otras cosas, tiene como objetivo fomentar los mecanismos de participación ciudadana semidirectos, un precepto constitucional que nunca entró en funcionamiento.
La iniciativa forma parte de un paquete que también incluye la discusión sobre la responsabilidad fiscal de los municipios, y la patrimonial de los funcionarios. Este conjuntos de directivas podrían ser parte de una sola ley o de normativas que interactúen por separado.
"Queremos pasar de una democracia representativa a una más participativa. Y generar mecanismos para que la ciudadanía tenga oportunidades de mantener un ida y vuelta permanente con los gobiernos, para que lo que dice la Constitución deje de ser abstracto y se lleve a la práctica", afirmó ayer el ministro de Desarrollo Territorial, Leandro Bertoya, impulsor del proyecto a pedido del gobernador Jorge Sapag.
Este diario accedió al texto del apartado que reglamentaría la audiencia pública. El objetivo es incluirlo como parte de la ley de Municipios, aunque esto podría ser materia de discusión con el resto de los partidos políticos.
Establece que el nuevo instituto quede vigente en el "ámbito de los organismos, entidades, empresas, sociedades, dependencias y todo otro ente que funcione bajo la jurisdicción del gobierno de la provincia", cuyas autoridades serán las que estén a cargo de la aplicación del mecanismo.
La reglamentación del artículo 308 de la Constitución de la provincia, reformada en 2006,irá acompañada con otros debates en similar sentido que se propondrá a los diputados: el de dejar vigente para todas las localidades la revocatoria de mandato, la consulta popular, y la implementación de la banca del vecino, que permitiría la participación ciudadana en cuerpos deliberativos, pero sin conceder el ejercicio del voto.
Dentro del proyecto de audiencia pública, un ámbito que no implica decisiones vinculantes, el gobernador se reserva el derecho a convocarlas para discutir temas de interés público pese a que "éstos no se encuentren directamente bajo su dependencia".
Por otra parte, se posibilita, mediante la simple presentación de un grupo de vecinos, la puesta a consideración del pedido de convocatoria a la audiencia. También simplifica el camino a quienes invoquen, sobre determinado tema, "un derecho o un interés legítimo o difuso", incluyendo a los defensores del pueblo.
Habrá, de aprobarse la propuesta, un registro de solicitudes. Y la marcha del procedimiento sería publicada "en medios electrónicos". Las audiencias serían públicas y abiertas a medios de comunicación, pero se faculta al presidente para decidir la pertinencia de filmar o no. Al finalizar el proceso, la propuesta propone que se confeccione un informe final, y la autoridad de aplicación, en 30 días, deberá fundamentar su resolución final y explicar por qué acepta o rechaza lo resuelto.
El debate que viene:
Nueva Ley Orgánica de Municipios:
- Responsabilidad patrimonial de los funcionarios
- Responsabilidad fiscal de las comunas
Mecanismos de Democracia Semidirecta:
- Audiencia Pública
- Revocatoria de Mandato
- Banca del Vecino
Fuente: elmunicipal.derf.com.ar
La provincia del Neuquén establece nuevas reglas a municipios
Bertoya dijo que la intención del gobernador Sapag es pasar de una "democracia representativa a una participativa".
31/1/08. El gobierno enviará en marzo a la Legislatura un proyecto para sancionar una nueva ley de Municipalidades.
Entre otras cosas, tiene como objetivo fomentar los mecanismos de participación ciudadana semidirectos, un precepto constitucional que nunca entró en funcionamiento.
La iniciativa forma parte de un paquete que también incluye la discusión sobre la responsabilidad fiscal de los municipios, y la patrimonial de los funcionarios. Este conjuntos de directivas podrían ser parte de una sola ley o de normativas que interactúen por separado.
"Queremos pasar de una democracia representativa a una más participativa. Y generar mecanismos para que la ciudadanía tenga oportunidades de mantener un ida y vuelta permanente con los gobiernos, para que lo que dice la Constitución deje de ser abstracto y se lleve a la práctica", afirmó ayer el ministro de Desarrollo Territorial, Leandro Bertoya, impulsor del proyecto a pedido del gobernador Jorge Sapag.
Este diario accedió al texto del apartado que reglamentaría la audiencia pública. El objetivo es incluirlo como parte de la ley de Municipios, aunque esto podría ser materia de discusión con el resto de los partidos políticos.
Establece que el nuevo instituto quede vigente en el "ámbito de los organismos, entidades, empresas, sociedades, dependencias y todo otro ente que funcione bajo la jurisdicción del gobierno de la provincia", cuyas autoridades serán las que estén a cargo de la aplicación del mecanismo.
La reglamentación del artículo 308 de la Constitución de la provincia, reformada en 2006,irá acompañada con otros debates en similar sentido que se propondrá a los diputados: el de dejar vigente para todas las localidades la revocatoria de mandato, la consulta popular, y la implementación de la banca del vecino, que permitiría la participación ciudadana en cuerpos deliberativos, pero sin conceder el ejercicio del voto.
Dentro del proyecto de audiencia pública, un ámbito que no implica decisiones vinculantes, el gobernador se reserva el derecho a convocarlas para discutir temas de interés público pese a que "éstos no se encuentren directamente bajo su dependencia".
Por otra parte, se posibilita, mediante la simple presentación de un grupo de vecinos, la puesta a consideración del pedido de convocatoria a la audiencia. También simplifica el camino a quienes invoquen, sobre determinado tema, "un derecho o un interés legítimo o difuso", incluyendo a los defensores del pueblo.
Habrá, de aprobarse la propuesta, un registro de solicitudes. Y la marcha del procedimiento sería publicada "en medios electrónicos". Las audiencias serían públicas y abiertas a medios de comunicación, pero se faculta al presidente para decidir la pertinencia de filmar o no. Al finalizar el proceso, la propuesta propone que se confeccione un informe final, y la autoridad de aplicación, en 30 días, deberá fundamentar su resolución final y explicar por qué acepta o rechaza lo resuelto.
El debate que viene:
Nueva Ley Orgánica de Municipios:
- Responsabilidad patrimonial de los funcionarios
- Responsabilidad fiscal de las comunas
Mecanismos de Democracia Semidirecta:
- Audiencia Pública
- Revocatoria de Mandato
- Banca del Vecino
Fuente: elmunicipal.derf.com.ar
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