martes, 7 de septiembre de 2010

Puerto Madryn: avanza la convención municipal



La nueva Carta Orgánica Municipal estipula 12 miembros en el Concejo Deliberante


Los convencionales constituyentes aprobaron en el plenario que dará origen al nuevo texto de la Carta Orgánica Municipal que el Concejo Deliberante esté integrado por 12 miembros, elegidos directamente por el pueblo de la ciudad en distrito único. También avanzaron sobre la organización del Poder Ejecutivo municipal que tendría la posibilidad de contar con un máximo de 9 secretarías, 18 subsecretarías y hasta 6 cargos de jerarquía intermedia.

Las reuniones de la Convención Municipal comenzó con el tratamiento del nuevo texto de la Carta Orgánica el viernes, minutos después de las 19, en la Casa Tassier. Sólo se registró la ausencia del convencional constituyente Mario Sahad, por razones de salud.

La metodología para avanzar en la aprobación en general de cada una de las seis partes en que está organizado el nuevo texto fue, en principio, dar lectura a cada una de las partes para proceder a las observaciones y mociones en particular para cada artículo.
Durante la primera jornada de trabajo, que se extendió hasta las 23:15, se avanzó hasta el artículo 91, probándose en general y por unanimidad cada uno de los artículos y el Preámbulo. La aprobación de los convencionales constituyentes abarcó la Primera Parte “Declaraciones, Derechos, Deberes y Garantías” y la Segunda Parte “Competencias, Principios y Políticas”.La segunda jornada de labor estaba pautada para las 18:30, pero el corte de energía pospuso su comienzo por el término de una hora.

El debate se centró en la Tercera Parte “Gobierno Municipal, Régimen Electoral y Organismos de Contralor”, donde sólo se logró aprobar en general hasta el artículo 107, referido a las “Atribuciones, Inmunidades y Responsabilidades”.En la víspera, se reanudó el análisis del articulado en horas de la mañana, pasando a un cuarto intermedio y convocando a los convencionales por la tarde. La intención que perseguían los miembros de la Convención Municipal era terminar el análisis de todo el texto, sin importar el horario.

Los plazos para aprobar la nueva Carta Orgánica Municipal vencen hoy, por cuento se corre el riesgo de declarar nula la labor que vienen realizando hace 8 meses. Una de las alternativas que se manejaban era la posibilidad de dejar para esta jornada el apartado que hace a las cláusulas transitorias que determinarán cuándo entrará en vigencia cada uno de los artículos que la componen.

12 concejales
El debate central de la segunda jornada refirió los fundamentos que expusieron los miembros de la Convención para determinar la conformación del Concejo Deliberante.Existía un despacho en mayoría que disponía que integrara el Poder Legislativo municipal un total de 12 concejales, y otro por la minoría, que pretendía elevar el número a 15 ediles. La votación se resolvió sobre la base del despacho de minoría que sólo obtuvo 5 votos afirmativos y 7 negativos, por cuanto la integración será de 12 miembros.
Uno de los fundamentos que esgrimieron quienes estaban a favor de una integración sobre la base de 15 concejales daba cuenta de la mayor participación de las minorías. Entre las voces en contra se escuchó la del convencional Marcelo D´Angello quien manifestó que “es equivocado el concepto de que los concejales de la oposición tienen el rol de controlar, dado que todos los legisladores tienen este rol, sean oficinistas, de la oposición o del partido que sea. Es deber y obligación de todo concejal ejercer el control del Departamento Ejecutivo”.

Otra de las nuevas incorporaciones que se destacan de este nuevo texto es el voto nominal cada vez que se estipule en la Carta Orgánica la necesidad de los dos tercios para aprobar una determinada ordenanza.

Doble Lectura
Otro de los artículos que hacen a la “Formación y Sanción de las Ordenanzas” que se analizaron, corrigieron y esperaban la aprobación general es el 113 que establece la Doble Lectura para aquellas ordenanzas que dispongan “privatizar servicios y funciones del Municipio; municipalizar servicios; crear entidades descentralizadas autárquicas; otorgar la autorización para la concesión de servicios públicos por más de 10 años; autorizar la donación de bienes inmuebles; y o contraer empréstitos y créditos públicos por más de 8 años”.
De esta manera, en el lapso entre la primera y segunda lectura, que no debe ser inferior a los 15 días, se deberá dar a difusión el proyecto y realizar aunque más no sea una audiencia pública.

Estructura del Ejecutivo
El primer tramo que se sometió a consideración de los miembros de la Convención Municipal culminó con la aprobación de la moción que refiere a la cantidad de secretarías, subsecretarías y cargos intermedios del Poder Ejecutivo.Este artículo generó polémica una vez que se presentó ante la sociedad el texto que se iba a someter a votación durante el plenario, una semana antes.El texto original establecía que estos cargos políticos so establecidos por ordenanzas a propuesta del Poder Ejecutivo y marcaba como tope máximo el número de 10 secretarías y 20 subsecretarías, sin fijar máximos para los cargos intermedios.

La actual Carta Orgánica permite al Ejecutivo contar con 6 secretarías y 12 subsecretarías y la posibilidad de crer hasta 6 cargos de jerarquía intermedia.
Tras un breve debate, se convino modificar el texto y posibilitar al Ejecutivo a establecer hasta un número que no podrá exceder las 9 secretarías, las 18 subsecretarías y se mantendría la misma cantidad en los cargos intermedios.

Vigencia de la Carta Orgánica
Una de las confusiones que existen en la actualidad sobre la puesta en vigencia de la nueva Carta Orgánica Municipal se dilucida con sólo recordar que la Convenció Municipal tiene la potestad absoluta para sancionarla y promulgarla.
En algún momento se indicó que este la labor de los convencionales constituyentes iba a pasar por el Concejo Deliberante para su probación y, de ahí, al Poder Ejecutivo. Lo cierto es que la Carta Orgánica reformada es aprobada por la Convención y promulgada por ésta.Una de las cosas que restan definir es cuándo va a estar vigente y no cómo. Esta es una de las decisiones aún no resultas. Algunos convencionales indican la posibilidad de colocar cláusulas transitorias inmediatas, a través de ordenanzas o planes de elaboración para algunos casos. Otros, pretenden colocar u plazo definido para que toda la Carta Orgánica entre en vigencia.

Las armas nucleares
Mucho se dijo sobre el Capítulo XIV sobre Política Ambiental en su artículo 62 “Lineamientos Fundamentales”, inciso 7. Basado en un artículo de la Constitución Provincial, sostiene que la Municipalidad adopta una política ambiental que, entre sus acciones, “prohíbe el desarrollo, fabricación, importación, tenencia y uso de armas nucleares, biológicas o químicas y la realización de ensayos y experimentos de la misma índole, excepto los proyectos relacionados con las aplicaciones médicas de la energía nuclear”.El inciso no contó con mociones u observaciones y fue aprobado en general por los miembros de la Convención Municipal, por cuanto ya es parte del nuevo texto de la Carta Orgánica Municipal.
Por otra parte, una de las obligaciones y atribuciones del Poder Ejecutivo, según el texto que iba a ser sometido a votación es “impedir el transporte, tránsito, depósito o utilización de materiales y/o residuos peligrosos, tóxicos, patológicos o radioactivos, que no se generen en la ciudad, como así también, de cualquier materia que pudiese alterar en forma irreversible el ambiente en todo el ejido urbano”.

Fuente: www.diariodemadryn.com


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