Comienza a tomar forma la Carta Orgánica de La Angostura

Sin embargo, no logran aún consensuar un proyecto sobre el asunto de las comunidades indígenas. Sin embargo, no logran aún consensuar un proyecto sobre el asunto de las comunidades indígenas.
(Villa La Angostura - 17/02/2009) La Convención municipal avanza en la redacción de la primera Carta Orgánica de esta localidad. Los convencionales definieron la composición y funciones del Ejecutivo municipal y garantizaron la inclusión de la figura del viceintendente. También los deberes, derechos y garantías de los vecinos.
Sin embargo, aún no resuelven el asunto de las comunidades indígenas a pesar de que han intentado consensuar un proyecto durante las reuniones de comisión.Por eso, es probable que el tema no sea incluido en la sesión convocada para hoy desde las 18. La presidenta de la Comisión donde se analiza el caso, la justicialista María José Rodrigo, dijo que el objetivo es “legislar para toda la comunidad”. Y señaló que los convencionales están buscando un artículo o un proyecto de consenso. Aunque reconoció que no hay un criterio unificado.De todos modos, los convencionales han avanzado en otros asuntos. Acordaron las condiciones de elegibilidad para llegar al cargo de intendente o vice o postularse para concejal.
Aprobaron que el intendente y el viceintendente “pueden ser reelegidos o pueden sucederse recíprocamente por una sola vez en forma consecutiva o alternada. Si han sido reelectos o se han sucedido recíprocamente en un segundo período no pueden ser elegidos nuevamente para ninguno de ambos cargos”.
Establecieron que “todos los funcionarios” del Ejecutivo municipal “al inicio y finalización de su gestión deben prestar declaración jurada de su patrimonio y del estado financiero personal, de los correspondientes cónyuges e hijos ante escribano público, las que se incorporan a los registros del Concejo Deliberante”.
Tendrán un plazo de 30 días antes de asumir o tras finalizar el mandato para cumplir con esa obligación. La Convención, que integran 12 convencionales, determinó que el intendente percibirá una remuneración equivalente a cuatro veces el básico de la máxima categoría del escalafón administrativo municipal vigente, más los adicionales que correspondan. El viceintendente cobrará el equivalente a tres veces el básico de la máxima categoría del escalafón administrativo municipal vigente. Ambos no podrán ejercer otro empleo, ni percibir otro emolumento de la Nación, Provincia o Municipio.
Fuente: La Mañana

Sin embargo, no logran aún consensuar un proyecto sobre el asunto de las comunidades indígenas. Sin embargo, no logran aún consensuar un proyecto sobre el asunto de las comunidades indígenas.
(Villa La Angostura - 17/02/2009) La Convención municipal avanza en la redacción de la primera Carta Orgánica de esta localidad. Los convencionales definieron la composición y funciones del Ejecutivo municipal y garantizaron la inclusión de la figura del viceintendente. También los deberes, derechos y garantías de los vecinos.
Sin embargo, aún no resuelven el asunto de las comunidades indígenas a pesar de que han intentado consensuar un proyecto durante las reuniones de comisión.Por eso, es probable que el tema no sea incluido en la sesión convocada para hoy desde las 18. La presidenta de la Comisión donde se analiza el caso, la justicialista María José Rodrigo, dijo que el objetivo es “legislar para toda la comunidad”. Y señaló que los convencionales están buscando un artículo o un proyecto de consenso. Aunque reconoció que no hay un criterio unificado.De todos modos, los convencionales han avanzado en otros asuntos. Acordaron las condiciones de elegibilidad para llegar al cargo de intendente o vice o postularse para concejal.
Aprobaron que el intendente y el viceintendente “pueden ser reelegidos o pueden sucederse recíprocamente por una sola vez en forma consecutiva o alternada. Si han sido reelectos o se han sucedido recíprocamente en un segundo período no pueden ser elegidos nuevamente para ninguno de ambos cargos”.
Establecieron que “todos los funcionarios” del Ejecutivo municipal “al inicio y finalización de su gestión deben prestar declaración jurada de su patrimonio y del estado financiero personal, de los correspondientes cónyuges e hijos ante escribano público, las que se incorporan a los registros del Concejo Deliberante”.
Tendrán un plazo de 30 días antes de asumir o tras finalizar el mandato para cumplir con esa obligación. La Convención, que integran 12 convencionales, determinó que el intendente percibirá una remuneración equivalente a cuatro veces el básico de la máxima categoría del escalafón administrativo municipal vigente, más los adicionales que correspondan. El viceintendente cobrará el equivalente a tres veces el básico de la máxima categoría del escalafón administrativo municipal vigente. Ambos no podrán ejercer otro empleo, ni percibir otro emolumento de la Nación, Provincia o Municipio.
Fuente: La Mañana
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